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El Decreto Ley 3/2025, de 21 de abril, tiene como objetivo principal agilizar la tramitación de licencias urbanísticas y dinamizar el sector de la construcción de viviendas en nuestra Comunidad Autónoma. Una de las medidas clave incluidas en este Decreto Ley es la posibilidad de que los promotores soliciten a los colegios profesionales la emisión de informes técnicos de conformidad en régimen de colaboración. Enlace de publicación de la ley: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-11961 En este sentido y en virtud del Decreto-ley 3/2025, de 21 de abril, para la agilización de la tramitación de licencias urbanísticas y el impulso de la construcción de viviendas, el Colegio Oficial de Arquitectos de Tenerife, La Gomera y El Hierro ha puesto en marcha un nuevo servicio de emisión de informes técnicos de conformidad (ITC), en régimen de colaboración institucional. La creación de este servicio responde a la necesidad real y recurrente de disponer de una herramienta eficaz que brinde apoyo a colegiados y promotores en los procedimientos administrativos vinculados a la concesión de licencias, contribuyendo así a agilizar y facilitar su tramitación dentro del marco normativo aplicable, especialmente en aquellos municipios donde la falta de medios técnicos ha generado demoras significativas en la concesión de licencias. El objetivo es favorecer la fluidez de los mecanismos con los que se obtienen los títulos habilitantes, mediante un servicio personalizado, prestado por arquitectos colegiados con acreditada experiencia, garantizando la emisión de informes con rigor técnico, coherencia documental y seguridad jurídica para las personas interesadas, permitiendo el desbloqueo de los expedientes, la reducción de los plazos y el refuerzo de la legalidad urbanística de las actuaciones proyectadas. Para ello, el Colegio ha preparado y puesto en marcha en las siguientes actuaciones:
A efectos de su tramitación, se indica que la documentación necesaria para la realización de los informes es la siguiente:
Tanto la remisión de la documentación solicitada, como la del informe, se efectuarán por sede electrónica, conforme al procedimiento que se establezca para la gestión del servicio. Una vez emitido, el informe, así como la documentación que hubiera generado, podrá incorporarse en el momento de la solicitud de la licencia como parte de la documentación técnica exigida. Los ITC también serán válidos para expedientes no solo nuevos sino ya iniciados, siempre que no se haya emitido aún el informe técnico municipal. Asimismo, se informa que el coste mínimo del servicio será de 965,00 €, según acuerdo adoptado en la Asamblea General Extraordinaria celebrada el 22 de diciembre de 2025.
Con carácter previo a la solicitud del servicio, deberá verificarse la admisibilidad efectiva del ITC en el municipio correspondiente, a fin de evitar tramitaciones que no produzcan efecto. A fecha del presente comunicado, consta la no admisión en los siguientes municipios, según acuerdos plenarios:
Adicionalmente, y sin perjuicio de lo anterior, se estudiará cada caso concreto en los municipios en los que el coste del servicio pueda resultar incompatible y deficitario con el tope económico establecido en el Decreto para la emisión de los informes” Para ampliar información: licencias@coactfe.org
COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE TENERIFE, LA GOMERA Y EL HIERROPlaza Arquitecto Alberto Sartoris, Nº138001 - S/C de Tenerife
822 010 200
secretaria@coactfe.org
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